viernes, 30 de enero de 2009

MODELO DE CONTRATO DE TRABAJO POR EQUIPO

CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO O POR EQUIPO 





Entre el/la Sr/a. . . . . (o empresa), con domicilio en .. . . . . ., en adelante denominado "el/la empleador/a", y el/la Sr/a. . . .  . . . . ., DNI Nº . . . ., con domicilio en calle. .. . . . ., que representa en este acto al equipo de trabajo integrado por los señores: . . . . . . . .(nombre, edad, nacionalidad, estado civil, número de documento, domicilio), en adelante denominado "el/la representante" se conviene redactar el presente contrato de trabajo por equipo, sujeto a las cláusulas y condiciones siguientes:
PRIMERA: El/la empleador/a encomienda al equipo la ejecución de las siguientes tareas: ................ para las que se prevé en plazo de duración de . . . . . . . . . .(días, meses, etc.). -
SEGUNDA: Queda expresamente pactada como remuneración por el trabajo encomendado, la suma de pesos . . .  . (Son $. . .) como contribución total por ..........(día - hora -mes -etc.), que será distribuida por el equipo según sus propias decisiones y acuerdos. -
TERCERA: El/la integrante del equipo que por cualquier motivo se retirara del mismo tendrá derecho a obtener la participación que le corresponda en el trabajo ya realizado.-
CUARTA: Los/as trabajadores/as que el/la empleador/a contrate para colaborar o realizar tareas similares a las del equipo, no participarán del salario común pactado, y su relación con el/la empleador/a es totalmente ajena al presente contrato. -
QUINTA: Se considera que el/la empleador/a tendrá los mismos deberes y obligaciones legales para con cada uno de los integrantes del equipo con las limitaciones resultantes de las tareas a desempeñar y el carácter del equipo (artículo 101 Ley de Contrato de Trabajo.). -
SEXTA: Todo sustituto que el /la representante del grupo pretenda ante el eventual alejamiento de algún componente del mismo, debe ser aprobado por el/la empleador/a. -
SEPTIMA: Ante la aplicación de horarios rotativos de trabajo, deberá tenerse especialmente en cuenta lo dispuesto por el artículo 200, 2° párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo. -
Se firman . . . . ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en . . .. . ., a los . .. . días del mes de .  . . . . . . . de 2.. -


CUADRO - ESQUEMA - CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO O POR EQUIPO

contrato-de-trabajo-por-equipo

NOCIONES BÁSICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO POR EQUIPO.


NOCIÓN: Es el contrato celebrado entre un empleador y un grupo de trabajadores, representado por uno de ellos, que actúa como director o jefe de equipo, para desarrollar una actividad o tareas comunes al equipo o grupo.


Se caracteriza porque el empleador tiene con cada uno de los integrantes del grupo todos los derechos y deberes previstos por el ordenamiento laboral, con las limitaciones que resulten de la modalidad de las tareas a efectuarse y la conformación del grupo.


INTEGRACIÓN: Es el delegado o representante del grupo de trabajadores o equipo, quien tiene la facultad de designar las personas que lo integran, salvo que por la índole de las prestaciones resulte indispensable la determinación anticipada de los mismos.


SUSTITUCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO DE TRABAJO POR EQUIPO: Cuando un trabajador dejase el grupo o equipo, el delegado o representante deberá sustituirlo por otro, proponiendo el nuevo integrante a la aceptación del empleador.

El trabajador que se hubiese retirado, tendrá derecho a la liquidación de la participación que le corresponda en el trabajo ya realizado.


REMUNERACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO POR EQUIPO: Si el salario fuese pactado en forma colectiva, los componentes del grupo tendrán derecho a la participación que les corresponda según su contribución al resultado del trabajo.


TRABAJADORES INCORPORADOS AL GRUPO POR EL EMPLEADOR: Los trabajadores incorporados por el empleador para colaborar con el grupo o equipo, no participarán del salario común y correrán por cuenta de aquél.


En síntesis: El director o jefe del equipo deberá:
- Elegir a las personas que integrarán el equipo, salvo que por las características del trabajo a realizar sea necesario designarlas de antemano y lo haga el empleador

- Designar al reemplazante cuando alguno de los trabajadores deje el equipo, proponiendo el nuevo integrante a la aceptación del empleador, si ello resultare indispensable en razón de la modalidad de las tareas a efectuarse y a las calidades personales exigidas en la inte­gración del grupo.


- Acordar con el empleador el monto de la remuneración. En caso de fijarse un monto co­lectivo, deberá determinar su distribución entre los integrantes del grupo.




REGULACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR EQUIPO 



ARTÍCULOS 101 Y 102, LEY 20744 DE CONTRATO DE TRABAJO.


Del contrato de trabajo de grupo o por equipo.


Artículo 101. —Caracterización. Relación directa con el empleador. Substitución de integrantes. Salario colectivo. Distribución. Colaboradores.

Habrá contrato de trabajo de grupo o por equipo, cuando el mismo se celebrase por un empleador con un grupo de trabajadores que, actuando por intermedio de un delegado o representante, se obligue a la prestación de servicios propios de la actividad de aquél. El empleador tendrá respecto de cada uno de los integrantes del grupo, individualmente, los mismos deberes y obligaciones previstos en esta ley, con las limitaciones que resulten de la modalidad de las tareas a efectuarse y la conformación del grupo.

Si el salario fuese pactado en forma colectiva, los componentes del grupo tendrán derecho a la participación que les corresponda según su contribución al resultado del trabajo. Cuando un trabajador dejase el grupo o equipo, el delegado o representante deberá sustituirlo por otro, proponiendo el nuevo integrante a la aceptación del empleador, si ello resultare indispensable en razón de la modalidad de las tareas a efectuarse y a las calidades personales exigidas en la integración del grupo.

El trabajador que se hubiese retirado, tendrá derecho a la liquidación de la participación que le corresponda en el trabajo ya realizado.

Los trabajadores incorporados por el empleador para colaborar con el grupo o equipo, no participarán del salario común y correrán por cuenta de aquél.


Artículo 102. —Trabajo prestado por integrantes de una sociedad. Equiparación. Condiciones.

El contrato por el cual una sociedad, asociación, comunidad o grupo de personas, con o sin personalidad jurídica, se obligue a la prestación de servicios, obras o actos propios de una relación de trabajo por parte de sus integrantes, a favor de un tercero, en forma permanente y exclusiva, será considerado contrato de trabajo por equipo, y cada uno de sus integrantes, trabajador dependiente del tercero a quien se hubieran prestado efectivamente los mismos.


PREGUNTAS DEL CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO O POR EQUIPO.


Juego de Preguntas sobre Contrato de Trabajo por Equipo
¿Cuándo se considera que existe un contrato de trabajo de grupo o por equipo?

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