viernes, 30 de enero de 2009

CONTRATO DE TRABAJO TIPO

MODELO DE CONTRATO LABORAL TIPO 


Entre el/la Sr/a. . . . . . . . .(o empresa, firma, etc.), con domicilio en . . . . . . . . . ., y representada en este acto por . . . . . . . ., en adelante denominada "principal", y el/la Sr/a. . . . . . . .. . . ., de nacionalidad . . . . . . . . ., Doc. de Ident. . . . . . . . . . . . ., estado civil . . . . . . .. ., con domicilio en . . . .. . . ., de profesión . . .  . . . . . . . . ., se conviene celebrar el presente contrato laboral, regido por las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: El/la principal contrata a el/la Sr/a. . .. . . . . . para desempeñarse en relación de dependencia para la firma . . . . . . . . . . en calidad de .  . . . . . . . . . . actividad regida por la Convención Colectiva de Trabajo correspondiente del gremio . . . . . . .. . . . -
SEGUNDA: La actividad a desempeñar por el/a Sr/a. .. . . . . . es la especificada en el art. . . . . . de la Convención citada. -
TERCERA: El presente contrato comenzará a regir a partir del día . . . . . . del mes de . . . . . .. . . . de 2…. y el horario de trabajo de el/la Sr/a. . . .  . . . . . . se extiende de las . . . . . . hasta las . . . . . horas, de lunes a viernes, y desde las . . . . . . hasta las . . . . . horas los días sábados, representando en total de . . . . . . . horas semanales. -
CUARTA: El/la empleado/a, Sr/a. . . .  . . . . declara bajo juramento que su estado civil es el mencionado en el encabezamiento del presente contrato, haciéndose totalmente responsable ante la Caja de Subsidios Familiares y demás organismos competentes de la veracidad de su afirmación. -
QUINTA: El salario de el/la Sr/a. . . . . .  . . . . . . será el que especifica el art. . . . . . de la respectiva Convención Colectiva, según su categoría. -
SEXTA: Las remuneraciones y todos los beneficios laborales serán abonados por el principal según los plazos previstos en los arts. . . . . . . de la L.C.T. -
SEPTIMA: El/la empleado/a se compromete expresamente a cumplir con los reglamentos internos de la empresa, las normas sobre asistencia y puntualidad y el correcto trato hacia superiores y compañeros de tareas. Expresamente se considerará falta grave la divulgación de secretos comerciales o industriales o toda violación al deber de fidelidad que tiene en relación con el principal. Cualquier infracción será sancionada de acuerdo a la L. C. T. -
OCTAVA: Para los casos no contemplados en forma expresa en el presente contrato, se regirán por las disposiciones de las leyes laborales en vigencia, especialmente la L.C.T., o las normas de la Convención de Trabajo respectiva, cuando éstas sean más favorables al trabajador que las antedichas. -
NOVENA: Para todos los efectos legales, las tareas se someten a la jurisdicción de los Tribunales del Trabajo de . . . .  . . . ., constituyendo domicilio legal el principal en . . . . . . . . .. . . . . y el Sr. . . . . . . . . . . . en . . . . . . . .. . . - - Se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en . . . . . . . . . . ., a los . . . . . . días del mes de . . . . . . . . . . de 2.. . -

FIRMAS.-
----------------

NOCIONES BÁSICAS SOBRE EL CONTRATO LABORAL TIPO


Noción: La forma típica de contratación es por tiempo indeterminado, salvo que alguna causa determinada impida la continuidad de la relación laboral, como por ejemplo:
- Renuncia, jubilación o muerte del trabajador
- Despido con o sin causa por parte del empleador
- Etc.

Periodo de prueba: Los primeros noventa (90) días son a prueba, por tanto, durante este periodo de prueba, cualquiera de las partes puede extinguir el vínculo laboral, sin derecho a indemnización alguna, pero con la obligación de preavisar con una antelación de quince (15) días.

Durante el periodo d prueba se aplicaran las reglas siguientes:
a) El trabajador no podrá ser contratado con periodo de prueba, por el mismo empleador, más de una vez.

b) El empleador deberá registrar el contrato a prueba en el libro especial y en el Sistema Único de Registro Laboral;

c) el trabajador tendrá los derechos y obligaciones propios de la categoría de trabajo que desempeñe, incluidos los derechos sindicales;

d) cualquiera de las partes podrá extinguir la relación sin expresión de causa y sin derecho a indemnización alguna con motiva de la extinción;

e) el empleador y el trabajador estarán obligados al pago de los aportes y contribuciones por obras sociales y asignaciones familiares y exentos de los correspondientes a jubilaciones y pensiones;

f) el trabajador tendrá derecho a las prestaciones por accidente o enfermedad de trabajo, y por accidentes y enfermedad inculpable, que perdurara exclusivamente hasta la finalizacion del periodo de prueba en caso de extincion del contrato.

g) si el contrato continuara luego del periodo de prueba, debe computárselo como tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de la seguridad social;

h) los convenios colectivos de trabajo podrán establecer porcentajes en relación a la contratación de trabajadores a prueba.

La autoridad de aplicación debe vigilar que no se desnaturalicen las finalidades perseguidas por la ley e impedir su utilización fraudulenta en perjuicio de los trabajadores.

No hay comentarios: